El interés por utilizar criptomonedas — particularmente bitcoin — para adquirir bienes inmuebles en Costa Rica ha crecido significativamente entre inversionistas extranjeros. La pregunta recurrente es directa: ¿puedo comprar una propiedad en Costa Rica con bitcoin? La respuesta corta es que no existe una prohibición legal expresa, pero la transacción tiene complejidades que deben abordarse correctamente para evitar problemas registrales, fiscales y bancarios.

Costa Rica no tiene legislación específica que regule las criptomonedas como medio de pago. La única legislación que se llegó a aprobar es la Ley 10961, que lo que hace es modificar la Ley 7786, “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”, para incluir a los criptoactivos como sujetos de regulación por parte de SUGEF, sin ir más allá de incluir algunos requisitos para el debido registro de los proveedores de servicios de activos digitales. El Banco Central de Costa Rica ha indicado que las criptomonedas no son moneda de curso legal en el país, lo que significa que ningún vendedor está obligado a aceptarlas como forma de pago. Sin embargo, tampoco están prohibidas como medio de intercambio entre partes que voluntariamente acuerden utilizarlas.

En la práctica, esto significa que una transacción inmobiliaria donde las partes acuerdan utilizar criptomonedas es viable, pero requiere estructuración legal cuidadosa para que la escritura de traspaso, el registro ante el Registro Nacional, y las obligaciones fiscales se cumplan correctamente.

Cómo funciona en la práctica

La escritura de compraventa ante notario debe expresar el precio en colones costarricenses o en dólares estadounidenses — las únicas monedas que el Registro Nacional acepta como referencia de valor en la escritura. Aunque las partes intercambien criptomonedas como forma de pago, el precio registrado se expresa en moneda tradicional.

Esto genera la necesidad de documentar la conversión: cuántas unidades de criptomoneda equivalen al precio pactado, a qué tipo de cambio, en qué fecha, y cómo se verificó la transferencia. Esta documentación es esencial tanto para efectos registrales como fiscales.

Implicaciones fiscales

Las implicaciones fiscales de utilizar criptomonedas en transacciones inmobiliarias son significativas y con frecuencia subestimadas.

Para el comprador, la conversión de criptomonedas a moneda fiat para pagar la propiedad puede generar una ganancia de capital gravable sobre la diferencia entre el valor de adquisición de las criptomonedas y su valor al momento de la conversión. Además, las autoridades fiscales pueden solicitar documentación sobre el origen de los fondos en criptomonedas.

Para el vendedor que recibe criptomonedas, la ganancia de capital sobre la venta del inmueble se calcula igual que en cualquier transacción: diferencia entre precio de venta y costo de adquisición. Sin embargo, recibir criptomonedas añade el riesgo de volatilidad y la necesidad de declarar correctamente la forma de pago recibida.

Cumplimiento antilavado

Costa Rica tiene obligaciones internacionales en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo. Las transacciones inmobiliarias de alto valor ya están sujetas a escrutinio, y el uso de criptomonedas puede incrementar las verificaciones requeridas.

Los notarios públicos tienen obligaciones de debida diligencia que incluyen verificar el origen lícito de los fondos utilizados en la transacción. Cuando los fondos provienen de criptomonedas, la documentación requerida es más extensa: historial de adquisición de las criptomonedas, plataformas utilizadas, y trazabilidad de las transacciones.

Consideraciones bancarias

Las entidades bancarias en Costa Rica tienen políticas propias respecto a criptomonedas. Algunas pueden rechazar depósitos provenientes de la conversión de activos digitales o solicitar documentación adicional sobre el origen de los fondos. Si la transacción requiere financiamiento bancario, el uso de criptomonedas puede complicar el proceso de aprobación del crédito.

Es recomendable coordinar con la entidad bancaria antes de estructurar la transacción para evitar rechazos o congelamientos de fondos.

Recomendación práctica

Para inversionistas que desean utilizar criptomonedas para adquirir propiedad en Costa Rica, la estructura más segura generalmente implica convertir las criptomonedas a moneda fiat (colones o dólares) antes de la transacción, documentar exhaustivamente el origen y la conversión de los fondos, formalizar la compraventa en escritura pública con el precio expresado en moneda tradicional, y cumplir con todas las obligaciones fiscales derivadas tanto de la conversión como de la adquisición.

En Mora, Yglesias & Asociados, asesoramos a inversionistas que utilizan activos digitales en sus operaciones en Costa Rica, coordinando los aspectos fiscales, registrales y de cumplimiento normativo para que la transacción sea viable y segura.

Preguntas frecuentes

¿Es legal comprar propiedad en Costa Rica con bitcoin?

No existe una prohibición legal expresa. Sin embargo, la transacción debe formalizarse en escritura pública con el precio expresado en moneda tradicional, y deben cumplirse todas las obligaciones fiscales y de debida diligencia aplicables.

¿El Registro Nacional acepta escrituras que mencionen criptomonedas?

El precio en la escritura debe expresarse en colones o dólares. La forma de pago puede mencionarse, pero el valor registral se establece en moneda de curso legal.

¿Debo pagar impuestos por convertir mis criptomonedas?

La conversión de criptomonedas a moneda fiat puede generar una ganancia de capital gravable. El tratamiento fiscal específico depende de las circunstancias de cada caso y debe evaluarse individualmente.


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Artículo escrito por Lic. Manuel Yglesias Mora, Carné 27673, Colegio de Abogados de Costa Rica, con asistencia de inteligencia artificial. Todo el contenido fue revisado, editado y supervisado personalmente por el autor.

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